Nuevas escalas Hoy vence el plazo para recategorizarse en el Monotributo

Hoy vence el plazo para que los contribuyentes monotributistas se recategoricen, si fuera necesario, en función de la facturación del último año. Este trámite se realiza cada seis meses y es obligatorio para aquellos contribuyentes cuyos ingresos hayan variado. Además, debe efectuarse de forma online a través del portal de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).


A partir de este año, la recategorización se realiza de manera semestral, en febrero y agosto, y los ajustes se basan en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Para la actualización vigente, los valores se incrementaron en un 21,13%, reflejando la inflación acumulada en el segundo semestre de 2024.

Es importante destacar que solo deben recategorizarse aquellos monotributistas que hayan experimentado cambios en su nivel de ingresos, ya sea un aumento o una disminución. Quienes mantengan su categoría actual no necesitan realizar ninguna acción.


La recategorización determina el monto de la cuota mensual que se abonará en los próximos seis meses, según la facturación máxima del contribuyente en el período evaluado. La Ley 27.743 establece que las escalas y cuotas del Monotributo se actualizan en enero y julio, considerando la inflación acumulada en el semestre calendario anterior.

Este régimen simplificado abarca a más de 3,5 millones de personas, quienes deberán abonar las nuevas cuotas a partir del 20 de febrero. Es fundamental que los contribuyentes revisen su situación y, de ser necesario, realicen la recategorización antes del vencimiento para evitar posibles sanciones.

Nuevas escalas


A partir del 1 de febrero de 2025, las categorías del Monotributo y sus respectivos montos han sido actualizados de la siguiente manera:

  • Categoría A: Ingresos brutos anuales: hasta $7.813.063,45. Impuesto mensual total: $32.221,31
  • Categoría B: Ingresos brutos anuales: hasta $11.447.046,44. Impuesto mensual total: $36.679,00
  • Categoría C: Ingresos brutos anuales: hasta $16.050.091,57. Impuesto mensual total: $42.951,25
  • Categoría D: Ingresos brutos anuales: hasta $19.926.340,10. Impuesto mensual total: $55.047,33
  • Categoría E: Ingresos brutos anuales: hasta $23.439.190,34. Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $70.436,50; venta de cosas muebles: $77.946,73
  • Categoría F: Ingresos brutos anuales: hasta $29.374.695,90. Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $84.530,08 venta de cosas muebles: $98.096,95
  • Categoría G: Ingresos brutos anuales: hasta $35.128.502,31 Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $103.321,64; venta de cosas muebles: $149.836,62
  • Categoría I: Ingresos brutos anuales: hasta $59.657.887,55. Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $309.020,04; venta de cosas muebles: $626.993,55
  • Categoría J: Ingresos brutos anuales: hasta $68.318.880,36. Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $377.851,82; venta de cosas muebles: $759.420,03
  • Categoría K: Ingresos brutos anuales: hasta $82.370.281,28. Impuesto mensual total: Locaciones y prestaciones de servicios: $456.773,20; venta de cosas muebles: $1.050.323,75
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