5 años de prisión Condenan por homicidio a una médica que realizó dos partos en domicilios de las pacientes

La obstetra María Giménez, de 69 años, fue condenada a 5 años de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación especial para ejercer su profesión, tras ser hallada culpable de homicidio culposo y lesiones culposas en dos casos de partos domiciliarios que terminaron en tragedia. El fallo fue dictado este viernes por los jueces Paula Álvarez, Florentino Malaponte y Carlos Leiva en el Centro de Justicia Penal de Rosario.


Los hechos que llevaron a la condena se remontan al 4 de mayo de 2015, cuando Giménez atendió a una mujer en su domicilio en Soldini, a 15 kilómetros de Rosario. La médica había recomendado a la paciente un parto en casa, asegurándole que no existían riesgos significativos para su vida o la del feto. Sin embargo, durante el trabajo de parto, la situación se complicó y Giménez decidió trasladar a la mujer en su propio vehículo al hospital Roque Sáenz Peña, sin avisar previamente al centro médico ni solicitar una ambulancia.

Al llegar al hospital, la mujer fue recibida sin signos vitales. Los médicos practicaron una cesárea de urgencia, pero tanto la madre como el feto ya habían fallecido. Durante la investigación, se constató que Giménez no había realizado estudios de rutina ni seguimientos hospitalarios durante el embarazo, y que el parto domiciliario se llevó a cabo sin las condiciones necesarias para garantizar la seguridad de la paciente.


Un segundo caso con desenlace trágico

La condena también incluyó un segundo caso ocurrido el 7 de marzo de 2017, cuando Giménez atendió a otra mujer en un domicilio de Rosario. Nuevamente, la obstetra recomendó un parto en casa, minimizando los riesgos. Durante el trabajo de parto, la paciente presentó complicaciones y Giménez decidió trasladarla por sus propios medios al hospital Eva Perón. Al llegar, los médicos constataron que el feto había fallecido y que la madre presentaba lesiones graves en el útero.


La Fiscalía, a cargo de Mariana Prunotto y Matías Edery, acusó a Giménez de actuar con «imprudencia, negligencia, impericia en su arte y profesión, así como inobservancia de los reglamentos y deberes a su cargo». Los fiscales habían solicitado una pena de 7 años de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación, pero los jueces redujeron la condena a 5 años de cárcel.

Uno de los aspectos más criticados durante el juicio fue la decisión de Giménez de no informar a los hospitales sobre los partos domiciliarios ni solicitar ambulancias para los traslados de emergencia. La Fiscalía destacó que la médica asumió riesgos innecesarios al no contar con un plan de contingencia adecuado y al no brindar a las pacientes información clara sobre los peligros de un parto en casa.

«La acusada no informó los riesgos reales de dicha práctica a las pacientes, asumió todos los riesgos sin estar en una institución destinada a tal fin, y no contrató un servicio de traslado pre-hospitalario para casos de urgencia», señalaron los fiscales durante el juicio.

Por su parte, la defensa de Giménez argumentó que la médica actuó de buena fe y que los partos domiciliarios son una práctica válida cuando se realizan bajo condiciones adecuadas. Sin embargo, los jueces consideraron que en estos casos no se cumplieron los protocolos necesarios para garantizar la seguridad de las pacientes.

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