Mañana deportistas, dueños y trabajadores de gimnasios, futbol 5 y otros rubros marcharán hacia el municipio. Le solicitarán al Intendente Colombo la apertura de las actividades. El sábado el gobernador Perotti anunció nuevas restricciones que el municipio adherió.
Desde las 11.30 horas deportistas locales, dueños de gimnasios, espacios fitness, academias de baile y otras disciplinas deportivas se reunieran frente al municipio de Recreo para solicitarle al Intendente Omar Colombo que intervenga ante el Gobierno Provincial y habilite la apertura de los comercios.
Los organizadores indican que cumplen con los protocolos de higiene y distanciamientos para prevenir el COVID-19 y que necesitan abrir para poder mantener la estructura comercial y poder vivir. Los clientes por otro lado, aseguran que es importante mantener sus rutinas deportivas.
El Decreto
ARTÍCULO 1°:Restablécese, entre el 10 y el 21 de mayo inclusive, el dictado de clases presenciales en los establecimientos educativos de gestión oficial y privada de los niveles inicial y primario en los Departamentos Rosario y San Lorenzo; manteniéndose suspendidas en los mismo y por el período indicado, en el resto de los niveles y modalidades de la enseñanza, incluyendo en los dependientes del Ministerio de Cultura. Se mantiene exceptuada de la suspensión de clases presenciales, la escolaridad de estudiantes de la modalidad de educación especial, en acuerdo con sus familias, y, asimismo, se deberán arbitrar los medios para cumplir con los apoyos y el acompañamiento educativo de los y las estudiantes con discapacidad.
ARTÍCULO 2°:Hasta el 14 de mayo de 2021 en los Departamentos Rosario y San Lorenzo los locales gastronómicos (comprensivo de bares,restaurantes, heladerías, y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales , no podrán extender su actividad más allá de las diecinueve (19) horas.Subsistirán para los mismos las demás determinaciones establecidas en el Artículo 3del Decreto N° 0447/21.
ARTÍCULO 3 Suspéndense hasta el 21 de mayo de 2021 inclusive, en los Departamentos Belgrano, Caseros, Castellanos, Constitución, General López, lriondo, La Capital, Las Colonias, Rosario, San Cristóbal, San Jerónimo, San Justo, San Lorenzo y San Martín, las siguientes actividades:a)Funcionamiento de clubes, gimnasios y otros establecimientos afines incluyendo los destinados a la práctica del denominado Fútbol 5 .No queda alcanzada por la suspensión dispuesta en el presente inciso la actividad deportiva en modalidad entrenamiento, conforme lo dispone el inciso d) del Artículo 2° del Decreto 0447/21.b)Realización de todo tipo de actividades y eventos religiosos en lugares cerrados.
ARTÍCULO 4°:Los Comités a los que alude el Decreto N° 0293/20, constituidos en los Departamentos mencionados en el Artículo precedente podrán solicitar, con la anuencia del Ministerio de Salud de la provincia, el cese delas restricciones durante el período de vigencia de las mismas, en la medida quela evolución de los indicadores de la situación epidemiológica así lo permitieran.ARTÍCULO 5°:Dése cuenta de lo dispuesto en el presente Decreto al Poder Ejecutivo Nacional, por conducto de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Salud.