El proyecto crea un régimen moderno para todas las localidades. Desaparece la figura de comuna y habrá intendentes y concejales. La iniciativa reemplaza normas vigentes desde la década del ’30.
La Legislatura santafesina se prepara para tratar la próxima semana la nueva Ley Orgánica de Municipios, una propuesta enviada por el Ejecutivo mediante el Mensaje 51.
El objetivo central es actualizar el régimen municipal de la provincia y alinearlo con la reforma constitucional aprobada este año. Con esta normativa, quedarán atrás las viejas leyes de 1934 y 1939, que regulaban comunas y municipalidades.
El proyecto redefine el concepto de municipio y lo enmarca en principios de autonomía, transparencia, sostenibilidad y participación ciudadana. Establece que todas las comunidades con vida propia pasarán a ser municipalidades, cuya delimitación seguirá en manos de la Legislatura. De esta manera, la figura de comuna dejará de existir a partir de la entrada en vigencia de la nueva ley.
Entre los cambios más relevantes se encuentra la nueva organización institucional, que clasifica a los municipios según su población y determina la integración de los poderes Ejecutivos y de los Concejos. Asimismo, fija reglas para los mandatos, la reelección, los sistemas electorales, las remuneraciones y el funcionamiento interno de intendencias y concejos. También incorpora herramientas de democracia directa, como la iniciativa popular, el referéndum y las audiencias públicas.
La propuesta otorga más facultades a los Concejos Municipales, especialmente en planificación urbana y ambiental, uso del suelo, servicios públicos, gestión de riesgos, políticas climáticas y desarrollo territorial. En lo financiero, introduce normas de equilibrio fiscal, transparencia y eficiencia, regula contrataciones y define las fuentes de recursos, incluyendo criterios para el endeudamiento.
Además, cada municipio deberá crear organismos locales de control y se habilita la cooperación intermunicipal, regional y metropolitana con diversos niveles del Estado. La ley también determina las condiciones para la intervención de municipios y establece que la Ley Orgánica de Comunas quedará derogada en 2027, mientras que la Ley 2756 de Municipalidades se eliminará de forma inmediata cuando rija la nueva normativa.
En cuanto a la estructura política, todas las localidades tendrán intendente y concejales. Los municipios de hasta 5.000 habitantes contarán con tres ediles, aumentando el número de bancas según el tamaño poblacional. En ciudades mayores a 200.000 habitantes, como Santa Fe y Rosario, y mientras no cuenten con carta orgánica propia, la función ejecutiva quedará a cargo de un intendente y la legislativa de un Concejo presidido por un viceintendente, manteniendo la cantidad actual de representantes.




