Lázaro Báez será excarcelado bajo una fianza de $632 millones

Indicaron que será monitoreado mediante una tobillera electrónica. Lo determinó el Tribunal Oral Federal 4, en el marco de la causa por lavado de dinero.

El Tribunal Oral Federal (TOF) 4 dispuso hoy la excarcelación del empresario Lázaro Báez en la causa que lo involucra por lavado de dinero. Báez abandonará el penal de Ezeiza, pero seguirá cumpliendo prisión preventiva domiciliaria, en el marco de otro expediente.


Además los jueces dispusieron que deberá someterse al cuidado del Programa de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante la colocación de un dispositivo de monitoreo electrónico de GPS, con un radio de 100 kilómetros a la redonda del lugar de residencia informado. Asimismo, deberá pagar una fianza de 632 millones de pesos, tendrá la obligación de presentarse al tribunal cada 15 días y se le impuso la retención de su pasaporte y se le impedirá expedir nuevos a su nombre, sumado a la prohibición de salida del país.

En el mismo fallo, los jueces Jorge Gorini, Néstor Costabel y Daniel Obligado hicieron saber que la excarcelación del imputado “no se hará efectiva a tenor del arresto domiciliario, ordenado en fecha 18 de marzo del año en curso, en la causa 3017/2013” denominada “Báez, Lázaro y otros s/ encubrimiento y otros”, por lo que deberá cumplir las pautas impuestas y seguirá en prisión preventiva, pero en un domicilio.

La resolución fue adoptada luego de que la Cámara Federal de Casación Penal anulara hoy un fallo anterior en el que se le había rechazado al empresario el beneficio de la excarcelación y el de la prisión domiciliaria solicitado por su defensa, a pesar de las opiniones favorables del Ministerio Público Fiscal.

En la mañana de hoy, los camaristas Javier Carbajo y Mariano Borinsky anularon el rechazo a la excarcelación firmado por el Tribunal y le ordenaron volver a resolver “con razones fundadas para demostrar la invalidez del dictamen fiscal”, que avaló la morigeración de la prisión preventiva de Báez porque, caso contrario, al no haber oposición de la parte acusadora, debería hacerse lugar a la petición. Los camaristas remarcaron que la parte querellante en el caso, la Unidad de Información Financiera (UIF), “no se hizo presente” a la audiencia fijada para debatir la cuestión.

El 19 de junio último, el Tribunal que juzga a Báez por lavado de activos, y tiene a cargo la preparación de otro juicio por otros hechos vinculados al mismo delito, rechazó excarcelar al empresario pese al planteo fiscal a favor de conceder el beneficio con tobillera electrónica. “El pronunciamiento recurrido ha sido dictado en exceso de la pretensión del señor fiscal de juicio, quien presentó su postura favorable al planteo efectuado por la defensa“, advirtió Casación al anularlo.

Báez está detenido desde el 6 de abril de 2016 y su defensa argumentó que tiene 64 años, enfermedades coronarias, insuficiencia respiratoria y diabetes tipo 2, lo cual lo pone en situación de riesgo, ante la pandemia de coronavirus. En tanto, agregó que el empresario pudo ver vulnerado su derecho a la defensa al ser posible víctima de hechos de espionaje ilegal que se investigan en la justicia federal de Lomas de Zamora y que podrían significar “graves violaciones a los derechos humanos” del detenido.


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