La novedad fue publicada en el boletín oficial. El gobierno Nacional sede una porción del terreno del ferrocarril a la Comuna. ¿Cuál es el proyecto?
El pedido de utilizar un inmueble propiedad del estado nacional se realizó a principios del año 2012. El pasado 23 de agosto mediante una resolución que se publicó en el boletín oficial de la Nación se sede lo solicitado a la comuna de Monte Vera tendiente a obtener el permiso de uso precario y gratuito a su favor de un sector de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en el Cuadro de Estación MONTE VERA, Línea BELGRANO – Ramal C. (I), sobre las calles General López y Buenos Aires de la Localidad de MONTE VERA, del Departamento LA CAPITAL, de la Provincia de SANTA FE.
Cual sería el proposito
El proyecto presentado por el gobierno de Monte Vera indica que el fin de utilizar los bienes del estado es para la instalación de un cuartel de bomberos y oficinas comunales.
En los próximos días la novedad sería presentada por la comuna a la comunidad.
La resolución
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase a favor de la COMUNA DE MONTE VERA, de la Provincia de SANTA FÉ, el permiso de uso precario y gratuito del sector de un inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado en el Cuadro de Estación MONTE VERA, Línea BELGRANO – Ramal C. (I), sobre las calles General López y Buenos Aires de la Localidad de MONTE VERA, del Departamento LA CAPITAL, de la Provincia de SANTA FÉ, identificado catastralmente como Departamento: 10 – Distrito: 09 – Sección: 01 – Manzana: 0078 – Parcela: 00001, vinculado al CIE Nº 8200006772/19, y que cuenta con una superficie aproximada de QUINIENTOS SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (566,65 m2), según se detalla en el croquis PLANO-2019-48040890-APN-DNSRYI#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el denominado “PERMISO DE USO – AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO/COMUNA DE MONTE VERA” identificado como IF-2019-70358588-APN-DAC#AABE, que como ANEXO II integra la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a la COMUNA DE MONTE VERA y a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ramon Maria Lanus – Pedro Villanueva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-