La Sala II de la Cámara Civil y Comercial de Paraná convalidó la sentencia de primera instancia donde se consideró que se violó el derecho humano a la salud y a decidir no tener más embarazos, de la mujer que actualmente reside en la zona rural de María Grande. En primera instancia, el juez Martín Furman, a cargo del Juzgado Civil y Comercial N° 7 de Paraná, había considerado que los médicos fueron negligentes porque «al impedir la cirugía, no hicieron todo lo que debieron haber hecho para evitar el daño», y al suspender el aborto no punible la derivaron «sin contar con el consentimiento informado de la paciente, quien no pudo decidir libremente no continuar con su embarazo».
El caso, que tuvo una importante exposición pública, incluso mucho tiempo antes de que el debate por el aborto haya llegado a la opinión pública y a los medios, involucra a una mujer que en aquel entonces tenía 36 años. En una oportunidad había pedido se le ligaran las trompas pero no obtuvo resultado positivo en el hospital público. Su situación de salud era de tal gravedad (patología cardíaca congénita), «que le ocasionaba un cuadro de deficiencia de oxígeno crónica, entre otras complicaciones. Su estado se agravó a partir de un embarazo que no debió continuar».
Así las cosas, el 4 de agosto se realizó un ateneo multidisciplinario donde se determinó que se le iba a practicar un aborto terapéutico. Antes había tenido cinco abortos espontáneos, producto de esta misma patología, aunque nunca recibió el tratamiento adecuado.
«La intervención del doctor César Pazo en el prequirófano obstaculizó su derecho.
Sucedió antes del procedimiento que se iba a realizar con su consentimiento, y luego de un ateneo donde los profesionales habían acordado que era lo más recomendable; por el riesgo que tenía de continuar con el embarazo. Todo lo que vino después fue una cadena de eventos desfavorables», dijo la licenciada en Obstetricia e integrante de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, Carolina Comaleras. La interrupción legal del embarazo se suspendió.
A la semana fue trasladada de urgencia al hospital Posadas, en el conurbano bonaerense, donde le hicieron una cesárea, tuvo una niña y a los siete días sufrió un accidente cerebrovascular, cuando todavía estaba internada, que le provocó la parálisis de la parte izquierda del cuerpo.
El ACV le trajo enormes complicaciones, no solo físicas sino también psicológicas, que la llevaron a demandar al Estado provincial, y un tribunal de alzada ratificó el fallo que obliga a otorgarle una reparación económica. «Ellos –la mujer y su pareja– no quieren reavivar nada, porque esto es algo superado», acotó la especialista.
El monto inicial de la demanda era de 500.000 pesos, «pero no es algo que le pague a ella lo que padeció por la obstaculización al derecho».
Sobre la posible apelación del Estado ante el Superior Tribunal de Justicia, Comaleras reflexionó: «La verdad que lo desconozco; sería vergonzoso que volviera a apelar de alguna forma, porque fue clarísimo lo que pasó. Incluso con Silvia Primo pedimos una audiencia con el entonces ministro de Salud, Ángel Giano, quien abrió a partir del conocimiento de los hechos una investigación sumaria, que es una previa al sumario.
Se citaron a declarar a todos los involucrados en la situación: fue vergonzoso el resultado de la investigación sumaria».
Fuente: Uno Entre Ríos