Prohibieron los dispositivos electrónicos para inhalar vapores o aerosoles de tabaco

No se podrán importar, distribuir, comercializar ni promocionar los llamados “Productos de Tabaco Calentado”. Se lo considera como “un potencial riesgo para la salud de la población y el desarrollo de comportamientos adictivos en los jóvenes”.

El Ministerio de Salud de la Nación prohibió hoy la importación, distribución, comercialización, la publicidad, y cualquier modalidad de promoción y patrocinio “en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco” habitualmente llamados “Productos de Tabaco Calentado” (PTCs).


La cartera sanitaria indicó que la prohibición que comenzará a regir desde mañana se extiende “al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en dichos sistemas”.

En la Argentina, presenta valores bajos de consumo en adultos, aunque se observó un alarmante porcentaje de uso entre los adolescentes, que según la Encuesta Mundial de Tabaco en Jóvenes del año 2018, alcanzó al 7% de la población de 13 a 15 años.

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